Abstract:
Se argumenta en esta investigación que la naturaleza de la función militar no es igual a la de la función policial, por lo tanto, los delitos de función tipificados en el Código Penal Militar Policial, no pueden ser aplicados por igual; tanto a militares como a policías, ni por analogía ni por extensión interpretativa. A través del presente estudio no se busca modificar ningún aspecto de la normatividad, en razón que es una investigación descriptiva interpretativa de: valores, ideas, prácticas del grupo social de estudio; se pretende identificar, interpretar y proponer alternativas de solución dentro de nuestro ordenamiento jurídico. El norte de nuestro estudio es establecer qué principio se vulnera, cuando se aplican los tipos penales del Código de justicia militar policial a los delitos de función, que vulneran los miembros del orden.En el marco de la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional, por las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 entró en vigencia el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM que instaura novísimas medidas para restaurar la convivencia dentro de nuestra sociedad y dicta normas que previenen y controlan la pandemia. Utilizando el método etnográfico que es considerada una rama de la antropología y que tiene como finalidad observar y describir los aspectos más relevantes de nuestro entorno para el desarrollo de la investigación. En los resultados se presenta que los efectivos policiales no habrían cometido diferentes delitos y/o infracciones administrativas disciplinarias, en contraste con el marco normativo general.