Abstract:
La presente investigación analiza las limitaciones del sistema de control de constitucionalidad posterior en el Perú, tomando como eje central el caso de la Ley N.º 32130. El problema fundamental radica en que el modelo actual, de naturaleza esencialmente reactiva, permite la vigencia y aplicación inmediata de normas potencialmente inconstitucionales antes de su revisión por el Tribunal Constitucional, lo que genera inseguridad jurídica y posibles afectaciones a derechos fundamentales. El estudio se enfoca en la reforma procesal penal que introduce la distinción entre la “conducción jurídica” a cargo del Ministerio Público y la “conducción operativa” asignada a la Policía Nacional del Perú. A través de una metodología dogmático-jurídica y analítica, se evalúa si esta división vulnera la supremacía constitucional y la autonomía del fiscal como director rector de la investigación criminal, conforme al artículo 159.4 de la Constitución. Las conclusiones destacan que el recurso a la “interpretación conforme” por parte del Tribunal Constitucional resulta muchas veces insuficiente para evitar que normas infraconstitucionales alteren materialmente el reparto de competencias diseñado por el Constituyente. Se evidencia que la ausencia de un mecanismo de control previo o preventivo facilita la incorporación de leyes que desnaturalizan funciones institucionales. Finalmente, se recomienda evaluar la implementación de un control preventivo para reformas de alto impacto para garantizar la estabilidad del ordenamiento jurídico.