Abstract:
El estudio tuvo como objetivo general de analizar de qué forma se viene regulando dentro del marco normativo peruano la intangibilidad de las fajas marginales de las fuentes hídricas y cuales son las consecuencias para el derecho de propiedad, 2024; la muestra de estudio fue la bibliografía relacionada al tema de investigación; el enfoque empleado en el estudio fue el cualitativo; el tipo de investigación básica fue desde el punto de vista jurídico descriptivo, la técnica utilizada fue el análisis de la información recabada en mérito a los objetivos planteados, dentro del estudio se tiene las siguientes conclusiones: Se pudo conocer que el incumplimiento de la normatividad en relación al recurso hídrico viene influyendo de forma indebida a nivel de la obtención ilegal del derecho de propiedad, sumado a ello está la forma incorrecta de poder elegir el lugar de residencia de las personas, ya que resulta imposible de que se logre autorizar por parte de la autoridad competente a que las persona logren instalarse en las fajas marginales de los ríos, lagos, lagunas, etc, esto debido que por su naturaleza no se encuentran destinados para que puedan ser ocupados con fines poblacionales, en ese sentido las fajas marginales mediante la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nro. 29338, ha determinado que estos bienes son de naturaleza y dominio público, dentro de este contexto no procede ninguna acción de carácter administrativo para poder formalizar dicha propiedad por intermedio de COFOPRI, ni mucho menos se podría transferir dichos bienes bajo ningún criterio o modalidad; asi mismo, se pudo identificar que la Ley Nro. 29338 viene regulando la protección de las fuentes hídricas así como la seguridad pública que se viene dando por intermedio de las fajas marginales la cual prevalece sobre el el derecho de propiedad individual, donde las llega a declarar dichas áreas como bienes inmuebles de dominio público que tiene la calidad de ser inalienables e intangibles, por lo tanto se prohíbe su invasión o su saneamiento físico legal por personas particulares.