Abstract:
El estudio tuvo como objetivo general de analizar de qué manera viene siendo regulada la unión de hecho como fuente relevante de la familia y el reconocimiento de los derechos sucesorios, Juliaca - 2024; la muestra de estudio fue la bibliografía relacionada al tema de investigación; el enfoque empleado en el estudio fue el cualitativo; el tipo de investigación básica fue desde el punto de vista jurídico descriptivo, la técnica utilizada fue el análisis de la información recabada en mérito a los objetivos planteados, dentro del estudio se tiene las siguientes conclusiones: Se ha llegado a analizar qué a nivel del artículo 5 de la Constitución Política del Perú se ha llegado a regular el modelo normativo para las uniones de hecho donde se establecen los efectos patrimoniales, criterios que vienen siendo complementados con lo regulado en el artículo 326 del Código Civil en relación a la finalidad y su tiempo de duración de la convivencia; por lo tanto, la ciencia jurídica no puede darle la espalda a esta realidad latente; ya que son muchas las parejas quienes vienen practicando el concubinato, en consecuencia deben ser protegidas por el Estado en razón a los derechos sucesorios; en consecuencia también se pudo analizar que a nivel del marco jurídico peruano no se tiene regulado de forma efectiva y clara el reconocimiento de los derechos sucesorios para las uniones de hecho, dando lugar a la necesidad de poder generar una posición jurídica para poder promover la distribución de la herencia previamente regulada para las personas quienes forman parte de este tipo de familia, criterio normativo que debe de incluirse dentro del actual marco jurídico con el objetivo de fomentar una cultura jurídica que dé lugar a promover la integridad temporal y espacial sobre lo que significa los derechos sucesorios dentro de las uniones de hecho.