Abstract:
De la revisión doctrinaria y normativa, nos ha permitido constatar que las concesiones mineras en nuestro país tienen su fundamento central en la teoría dominialista de los recursos minerales y no en la teoría de accesión. Y es evidente el crecimiento de las concesiones mineras en el territorio nacional por la alta demanda mundial de recursos mineros. De la misma forma el territorio nacional se ha convertido en un importante receptor de la inversión y abastecedor de dicha demanda. Estos cambios trajeron reformas en la legislación minera y conflictos sociales por no regularse la consulta y participación en los procedimientos de otorgamiento de concesiones mineras. El presente trabajo de investigación se realizó con el objetivo de describir el impacto ambiental en las concesiones mineras de los Pequeños Productores Mineros según el Decreto Supremo 020-2020-EM. La metodología fue tipo no experimental, enfoque cualitativo, diseño causal y contenido; la población y muestra fue el Decreto Supremo N°020-2020-EM, que aprueba el Reglamento de procedimientos Mineros. Obteniendo como conclusión principal: El procedimiento ordinario de concesión minera según el Decreto Supremo 020-2020-EM es casi automático, solo requiere cumplir los requisitos que exige la legislación minera en materia de concesión desde la formulación del petitorio minero y el pago de derechos que exige la norma. Siendo irrelevante la participación y la consulta previa a los dueños del terreno superficial en el procedimiento de otorgamiento de concesiones mineras.