Abstract:
El presente trabajo investigativo, se abordó el tema de la aplicación de una reparación civil sin haber un daño cierto a aquellas personas que conducen un vehículo en estado de ebriedad, pues al no haber un daño no se está cumpliendo las reglas de la reparación civil en el distrito fiscal de Puno. El objetivo fue determinar la relación entre el delito de conducción, de vehículo, motorizado, en estado, de ebriedad, y la reparación civil en el distrito fiscal de Puno – 2019. Asimismo, se planteó la hipótesis de que existe relación con el daño patrimonial, daño extrapatrimonial y la relación de causalidad. La población estuvo conformada por 25 carpetas fiscales procesadas por el delito de conducción en estado de ebriedad. La metodología de investigación utilizada es de enfoque - cuantitativo de alcance correlacional descriptivo. La técnica utilizada es la lista de cotejo bajo el método de Spearman Brown cuya confiabilidad fue de 0.679 , los resultados obtenidos se concluye que de la muestra tomada y con valor al 100% se sostiene que el 76% de las carpetas cotejadas, se evidencia la no aplicación de los elementos de la responsabilidad civil en el delito de conducción en estado de ebriedad, puesto que no se halla ningún daño del cual se pueda hacer una valoración pecuniaria, mientras que el 24% realiza el análisis del porqué se debería aplicar una reparación, civil, ello sin embargo solo se realiza con bases doctrinarias sin la existencia de una consecuencia dañosa. El único amparo legal del cual se valen es la resolución de la fiscalía de la nación n° 2508-2013-MP-FN.que establece la tabla de cuantías de reparación civil.l Razón por la cual en los resultados estadísticos refiere que cada variable son independientes.