Abstract:
El estudio tuvo como objetivo general de poder conocer de qué manera resulta ser necesario la regulación jurídica del régimen de visitas de forma virtual en el código del niño y adolescente y cuales son las consecuencias para el menor de edad, 2025; la muestra de estudio fue la bibliografía relacionada al tema de investigación; el enfoque empleado en el estudio fue el cualitativo; el tipo de investigación básica fue desde el punto de vista jurídico descriptivo, la técnica utilizada fue el análisis de la información recabada en mérito a los objetivos planteados, dentro del estudio se tiene las siguientes conclusiones: Se pudo conocer que la regulación jurídica de las visitas virtuales a nivel del Código de los Niños y Adolescentes resulta ser necesario esto con la finalidad de poder garantizar el derecho inalienable de los niños a poder preservar los vínculos afectivos con su padre no custodio, de manera especial cuando se presenten ciertas limitaciones físicas o geográficas llegando a promoverse esta figura legal en función al interés superior del niño y se evite el aislamiento así como el daño emocional del menor de edad; así también, se ha llegado a identificar que el régimen de visitas virtual busca garantizar la continuidad del vínculo afectivo y familiar entre el niño frente a su progenitor que no ha llegado a conseguir la tenencia del menor, más aún si ambos logran habitar lugares distantes, por lo tanto el régimen de visitas a nivel virtual permitirá promover una comunicación estable, llegando a fortalecer el desarrollo emocional del niño pero no deberá sustituir al régimen de visitas físico.