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<title>Escuela Profesional de Derecho</title>
<link>http://repositorio.upsc.edu.pe/handle/20.500.14891/3002</link>
<description>Escuela Profesional de Derecho</description>
<pubDate>Wed, 13 May 2026 08:55:24 GMT</pubDate>
<dc:date>2026-05-13T08:55:24Z</dc:date>
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<title>Relación entre la violencia contra las mujeres y la participación en estrategias preventivas de los centros de emergencia mujer en el Perú, Enero-Julio 2025.</title>
<link>http://repositorio.upsc.edu.pe/handle/20.500.14891/2408</link>
<description>Relación entre la violencia contra las mujeres y la participación en estrategias preventivas de los centros de emergencia mujer en el Perú, Enero-Julio 2025.
Luque Machaca, Almendra
Este estudio tuvo como objetivo analizar la relación entre el número de casos de violencia contra las mujeres (violencia física, sexual, psicológica, económica y patrimonial) registrados por los Centros de Emergencia Mujer (CEM) y el número de personas participantes en estrategias preventivas implementadas a nivel nacional en el Perú, durante el periodo enero–julio de 2025. Métodos. Se desarrolló una investigación cuantitativa, no experimental, observacional y de corte transversal, basada en registros administrativos agregados por departamento (N = 25). Para describir el comportamiento de las variables se emplearon estadísticos descriptivos. Para evaluar asociaciones se aplicaron modelos lineales generalizados (GLM) con distribución binomial negativa, considerando la naturaleza de conteo y la sobredispersión de los datos, incorporando el ajuste por tamaño poblacional departamental. Resultados. Los modelos no evidenciaron asociaciones estadísticamente significativas entre la participación en e   esstrategias preventivas y los casos registrados por tipo de violencia en el periodo de estudio. La violencia física mostró una asociación positiva no significativa con el número de participantes (Coeficiente = 6.03×10⁻⁷; EE = 4.09×10⁻⁶; p = 0.88). La violencia sexual presentó una asociación negativa no significativa (Coeficiente = −1.2×10⁻⁶; EE = 1.79×10⁻⁶; p = 0.51). La violencia psicológica también mostró una asociación positiva no significativa (Coeficiente = 2.37×10⁻⁶; EE = 4.79×10⁻⁶; p = 0.62). Finalmente, la violencia económica y patrimonial mostró una asociación negativa no significativa (Coeficiente = −1.9×10⁻⁶; EE = 5.23×10⁻⁶; p = 0.72). Conclusión. Los resultados sugieren que la participación ciudadana, por sí sola, no basta en el corto plazo para prevenir la violencia de género, por lo que se requiere fortalecer la prevención con estrategias adicionales, integrales y territorialmente complementarias.
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<pubDate>Tue, 21 Apr 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://repositorio.upsc.edu.pe/handle/20.500.14891/2408</guid>
<dc:date>2026-04-21T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Principios generales del régimen económico en la constitución de 1993 y su repercusión en el desarrollo nacional, 2025.</title>
<link>http://repositorio.upsc.edu.pe/handle/20.500.14891/2407</link>
<description>Principios generales del régimen económico en la constitución de 1993 y su repercusión en el desarrollo nacional, 2025.
Jihuallanca Carreon, Eustaquio Victor
El estudio tuvo como objetivo general de poder analizar de qué manera los principios generales del régimen económico, plasmados en la Constitución de 1993, han orientado el desarrollo del país en las áreas de promoción del empleo, salud y educación; la muestra de estudio fue la bibliografía relacionada al tema de investigación; el enfoque empleado en el estudio fue el cualitativo; el tipo de investigación que logró ser utilizado fue el básico teniendo como punto de vista el aspecto jurídico - descriptivo, así también la técnica que pudo utilizar fue el análisis de la información recogida en relación a los objetivos que fueron plasmados a nivel de la investigación, a nivel de la investigación se llegó arribar a las siguientes conclusiones: Cabe manifestar que dentro del régimen económico peruano constitucional se logra enervar mediante la libre iniciativa privada y la economía social de mercado bajo los fundamentos de la creación de riqueza, lo que da lugar a que se motive en las personas sean estas naturales o jurídicas a fin de poder iniciar un emprendimiento comercial. Así mismo se debe tener en cuenta que la acumulación de la riqueza constituye ser un acto que a corto, mediano o largo plazo, va a ser la generadora de capital; por otro lado, con el modelo económico se logra ejercer la libertad para hacer empresa en mérito a lo que se viene regulando en la normativa vigente bajo las modalidades que lo llega a regular la ley correspondiente, en ese entender los tipos societarios, están descritos en el artículo 60 de la norma constitucional.
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<pubDate>Mon, 27 Apr 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2026-04-27T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Criterios normativos relacionados a la falta del débito conyugal como causal para promover el divorcio, 2025.</title>
<link>http://repositorio.upsc.edu.pe/handle/20.500.14891/2394</link>
<description>Criterios normativos relacionados a la falta del débito conyugal como causal para promover el divorcio, 2025.
Ramos Ticona, Celia
El estudio tuvo como objetivo general de poder analizar los criterios normativos que se tiene en relación a la falta del débito conyugal para ser considerado como causal de divorcio, 2025; la muestra de estudio fue la bibliografía relacionada al tema de investigación; el enfoque empleado en el estudio fue el cualitativo; el tipo de investigación básica fue desde el punto de vista jurídico descriptivo, la técnica utilizada fue el análisis de la información recabada en mérito a los objetivos planteados, dentro del estudio se tiene las siguientes conclusiones: Se ha llegado analizar a nivel del marco normativo peruano no viene siendo regulada la figura del débito conyugal como una causal explícita para promover el divorcio, este hecho para que pueda ser considerada como tal en necesario que se llegue a enmarcar en el hecho de la imposibilidad de hacer vida en común o como una situación de injuria grave, dando lugar a que se necesite probar una omisión maliciosa, crónica e injustificada que logra quebrar el matrimonio; así mismo, se ha llegado a identificar que la ausencia del débito conyugal dentro del estado peruano no viene siendo regulado de manera expresa como causal de divorcio, pero llega a interpretarse civilmente bajo el incumplimiento del deber de cohabitación y la afectación a la razón de ser de la familia de vivir en pareja, llegando a sancionarse de forma indirecta por intermedio de la separación de cuerpos y el divorcio por abandono.
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<pubDate>Tue, 21 Apr 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2026-04-21T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Vulneración a los principios del debido proceso y la presunción de inocencia en los procesos administrativos disciplinarios en el servir al 2026.</title>
<link>http://repositorio.upsc.edu.pe/handle/20.500.14891/2391</link>
<description>Vulneración a los principios del debido proceso y la presunción de inocencia en los procesos administrativos disciplinarios en el servir al 2026.
Mamani Alejo, Maritza Marivel
La presente investigación tiene como objetivo describir la vulneración de los principios del debido proceso y la presunción de inocencia en los procesos administrativos disciplinarios (PAD) tramitados en el sistema SERVIR al 2026. El estudio emplea una metodología cualitativa de tipo jurídico-descriptivo, bajo un diseño de estudio de caso, utilizando la técnica de análisis documental para examinar expedientes y resoluciones del Tribunal del Servicio Civil. Los hallazgos evidencian vulneraciones sistemáticas manifestadas en deficiencias en la notificación, falta de motivación técnica y transgresión del principio de tipicidad mediante el uso de fórmulas genéricas o abstractas. Asimismo, se determinó que la presunción de inocencia es afectada por la carencia de actividad probatoria mínima y la emisión de sanciones basadas en conjeturas o rumores sin corroboración objetiva, inobservando el principio de verdad material y el impulso de oficio.&#13;
Se concluye que existe una brecha crítica entre el diseño normativo garantista y su ejecución práctica, lo que genera estados de indefensión y la nulidad recurrente de sanciones por parte del Tribunal del Servicio Civil. Esta problemática deslegitima la potestad sancionadora del Estado y debilita la seguridad jurídica de los servidores públicos. Finalmente, se recomienda la capacitación especializada de los órganos instructores para asegurar decisiones razonadas y respetuosas de las garantías constitucionales.
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<pubDate>Mon, 20 Apr 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2026-04-20T00:00:00Z</dc:date>
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