Abstract:
La presente investigación tuvo como objetivo general analizar la actuación probatoria en los procesos penales por el delito de tocamientos indebidos en la jurisprudencia nacional peruana al año 2025. Debido a la naturaleza clandestina de este ilícito, su acreditación constituye uno de los retos más significativos del procedimiento penal ante la frecuente ausencia de testigos directos y huellas físicas permanentes. Metodológicamente, se realizó un estudio de tipo básico y nivel descriptivo-explicativo, empleando el método dogmático-jurídico y el análisis jurisprudencial de sentencias emitidas por la Corte Suprema y Salas Penales Superiores. Se utilizaron fichas de análisis documental para sistematizar los criterios de valoración aplicados por los órganos jurisdiccionales. Los resultados destacan que la declaración de la víctima es la prueba directa esencial, cuya validez depende del cumplimiento de las garantías de certeza del Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia. Un criterio avanzado identificado es la “comprensión neurocientífica de colocación”, que obliga al juez a considerar la capacidad cognitiva y el trauma de la víctima, aceptando que imprecisiones menores no anulan la credibilidad del relato. Asimismo, se determinó que la pericia psicológica es el medio de corroboración periférica más relevante, mientras que el certificado médico legal suele ser irrelevante para probar el acto, dada la ausencia habitual de lesiones físicas. Se concluye que la jurisprudencia busca equilibrar la protección de la víctima con las garantías del imputado, recomendando la vía ordinaria para asegurar una actividad probatoria completa y una motivación judicial debida.