Abstract:
El objetivo general de la presente investigación fue determinar si existe afectación del principio de inmediación en las audiencias virtuales por videoconferencia en el proceso penal en la región Puno durante el año 2024, precisamente, en la investigación preparatoria (prisión preventiva), la etapa intermedia (control de acusación) y la etapa de juzgamiento. Se ofrece un análisis jurídico descriptivo, que servirá para abogados, magistrados y personal jurisdiccional frente a los retos de la justicia digital en Puno y en el Perú. El marco teórico se sustentó en la Constitución Política del Perú, en disposiciones como la Resolución Administrativa N.° 000173-2020-CE-PJ y el Oficio Múltiple N.° 000001-2024-P-PJ, así como en aportes doctrinales de autores como Correa Rodríguez, Cieza Rojas, Fernández Risco, Navarro Celis, Rivas Zúñiga, Vega Mogrovejo, Tayro Tayro y Sánchez, además de criterios del Tribunal Constitucional (STC Exp. N.° 02738-2014-PHC/TC). La metodología aplicada fue cualitativa, de nivel descriptivo y diseño no experimental. Se empleó la técnica de análisis documental, con fichas de análisis como instrumento para sistematizar información normativa y doctrinal, además del test de proporcionalidad, se mostró que las audiencias virtuales son idóneas, necesarias y proporcionales en sentido estricto, pues garantizan la continuidad procesal, reducen costos y aseguren el acceso a la justicia. En conclusión, la virtualidad no afecta de manera uniforme el principio de inmediación: su validez depende de la calidad técnica, protocolos claros y control judicial. En consecuencia, las audiencias por videoconferencia pueden ser compatibles con el debido proceso, siempre que se asegure una inmediación funcional que permita al juez interactuar directamente con las partes y la prueba.